El Decreto Nº 055/2020, firmado por el intendente de Crespo, Arq. Darío Schneider, establece el uso obligatorio del Barbijo Comunitario/Tapa Boca para todo el personal que trabaje en comercios, consultorios, oficinas públicas y privadas y cualquier lugar donde se realice la prestación de bienes y/o servicios en la ciudad.
El decreto también determina como obligatorio el uso de barbijo comunitario/tapa boca para toda persona que ingrese a los comercios, consultorios, oficinas y cualquier lugar donde se realice la prestación de bienes y/o servicios; quedando prohibido el ingreso de aquella persona que no cumpla con esta disposición. Asimismo, a los fines de facilitar el ingreso al local, el comerciante podrá proveer el barbijo comunitario/tapa boca respectivo.
Además, se recomienda el uso del barbijo comunitario/tapa boca para toda persona que circule en la vía pública.
Esta nueva medida de prevención entrará en vigencia a partir de las 00 horas del viernes 17 de abril. El Decreto Nº 055/2020 está basado en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y la situación de estado de emergencia sanitaria declarada en el país, por la propagación de de coronavirus COVID-19.
En el decreto del DEM, también se aclara que se considera Barbijo Comunitario/Tapa Boca aquel que cubre la nariz, boca y mentón como barrera contra la dispersión de microgotas, puede ser lavable, reutilizable o descartable (si no es de tela); de elaboración industrial o doméstica.
El Artículo 4 del Decreto 055/2020 también determina que ante el incumplimiento de los Artículos 1º y 2º de la presente normativa, se aplicará al titular comercial la sanción de multa en pesos, equivalente a cien (100) litros de nafta de 95 grado al menor valor de la ciudad.
Fuente: El Observador.