En marzo de este año, con el arribo del COVID-19 a nuestro país, el Decreto Presidencial Nº 311/2020 estableció que, a partir de las facturas que vencieron el 1 de marzo de 2020, las empresas que prestan los servicios de energía eléctrica, gas por redes, agua corriente, telefonía fija, telefonía móvil, Internet y TV por cable, no pueden cortar ni suspender sus servicios por falta de pago de 7 facturas, consecutivas o alternadas, a los usuarios que se indican en el siguiente punto.
Las empresas prestadoras de los servicios deben dar planes de facilidades de pago a los usuarios para que puedan pagar las deudas que se generen durante ese plazo.
Este Decreto, en principio, rige hasta el 31 de diciembre. Consultada la delegación local de ENERSA acerca del índice de morosidad que se registra, respaldados los usuarios del servicio en el mencionado Decreto, se dio a conocer que, aproximadamente, un 15% de un total de alrededor de 4.000 medidores se encuentran con retrasos, es decir, 600 usuarios son los que en María Grande han tenido problemas para enfrentar el pago del servicio eléctrico durante la pandemia.
Fuente: María Grande al día.