El Consejo Federal de la Asociación del Fútbol Argentino sancionó al club y dirigentes de dicha entidad por los incidentes ocurridos al finalizar el partido entre el local y Unión de Villa Jardín de Concordia, correspondiente a la instancia de Repechaje por la Región Litoral Sur del Torneo Regional Federal Amateur. El encuentro que finalizó 1 a 1 y dejó en el camino al elenco de Paraná Campaña terminó de manera normal. No obstante, minutos después se produjeron hechos de violencia en la zona de vestuarios. Según publica este jueves el sitio Ascenso del Interior, el árbitro del encuentro Juan Bonnin denunció agresiones que se sustanciaron en el propio vestuario de los jueces, en la que habrían participado dirigentes del club local. En su descargo al Consejo Federal, el Sr. Víctor Matías Perottino y Claudio Seimandi, en carácter de Vicepresidente y Secretario respectivamente, expresan que “asumen las consecuencias y actuarán disciplinariamente de manera interna, toda vez que lo sucedido va a contramano de lo pregonado por la institución”.
Fallo Textual:
EXPEDIENTE Nº 4254/19 – TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2019
Partido del 13/04/19 – Unión Agrarios de Cerrito (Paraná Campaña) vs el club
Unión de Villa Jardín (Concordia).
Buenos Aires, 24 de Abril de 2019.
VISTO:
El informe arbitral del encuentro disputado en fecha 13 de Abril del año en curso, entre el club Unión Agrarios de Cerrito de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña vs el club Unión de Villa Jardín de la Liga Concordiense de Fútbol, el que finalizara con el empate en un gol por bando, el cual expresa que: “…una vez finalizado en encuentro y mientras nos encontrábamos en el vestuario, ingresaron al mismo dos personas con la intención de abonarnos el monto que debíamos percibir. Una aparentemente el tesorero del club y la otra un integrante de la comisión directiva identificado como Pablo Silvestre. Al ingresar comienzan a recriminarnos situaciones referidas al partido… ingresa una tercera persona y sin medir palabras agrede con un golpe de puño en el rostro al asistente Nº 2 Gastón Freyre, situación que le provoca un corte en la nariz y el labio… se hacen presentes efectivos policiales, sujetando a esta tercera persona identificada como Mariano Silvestre, y como si no fuera poco lo hecho anteriormente, seguía insultándonos y debe ser sujetado por los policías. Pero igualmente logra proporcionarle un golpe en la cara a mi otro colaborador, sin provocarle daño visible. También deben sujetar y retirar a Pablo Silvestre quien en ese momento se encontraba muy alterado e insultándonos vehementemente diciéndonos que éramos unos ladrones. Tantos esas dos personas como el tesorero fueron retirados del vestuario sin abonarnos el monto que debíamos percibir…”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota agregada a fs. el Tribunal de Disciplina corrió traslado del citado informe a la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, con la finalidad que el Club Unión Agrarios de Cerrito y los dirigentes de la institución informados, procedieran a ejercer sus derechos de defensa. Se presenta el Sr. Víctor Matías Perottino y Claudio Seimandi, en carácter de vicepresidente y secretario respectivamente del Club mencionado, nota que también es suscripta por los señores Pablo Silvestre y Mariano Silvestre, quienes expresan que “…en principio dejamos constancia de nuestro total rechazo a cualquier tipo de agresión, que pueda surgir dentro de un espectáculo deportivo, asumimos las consecuencias, actuaremos disciplinariamente de manera interna, toda vez que lo sucedido va a contramano de lo pregonado por la institución… En lo que a la fuerza de seguridad corresponde, las mismas no cumplieron en debida forma con su función … la terna arbitral también debe asumir sus errores, en primer lugar porque la relación de los hechos que efectúan en su informe, no condice totalmente con la realidad … seguidamente a la culminación del partido ingresa al vestuario de los árbitros, el Tesorero de la Sub Comisión de Fútbol, el Sr. Gastón Guerra, en forma conjunta con el Sr. Pablo Silvestre … el Sr. Pablo Silvestre comienza un intercambio de opiniones con el asistente Freyre Gastón Matías, a quien le remarcaba la existencia de dos errores técnicos que fueron decisivos en el resultado final del encuentro, toda vez que anularon dos goles legítimos y les recuerda que su labor fue tan pobre e influyente sobre el resultado … el Sr. Freyre responde … en un tono verbal más elevado a lo normal. Advirtiendo esa circunstancia, El Sr. Mariano Silvestre, quien se encontraba fuera del vestuario, ingresa a la sala… el Sr. Mariano Silvestre responde errónea e irresponsablemente con un empujón sobre Freyre, aplicando sobre este fuerza desmedida, lo que provoca la caída de este último. Esta circunstancia desencadena una sucesión de empujones y agresiones verbales entre todos los presentes, que no llegaron a ser golpes de puños, pero son impropias a personas que detentan responsabilidad alguna en un espectáculo deportivo. Segundos después de esto ingresan las autoridades policiales, calmando los ánimos y retirando a Pablo Silvestre y Mariano Silvestre del vestuario…”.
Resulta de toda evidencia que los hechos ocurrieron como los expresa el señor Juan Bonnin -árbitro principal- en su informe, que por otra parte, de acuerdo a criterios sostenidos en distintas resoluciones, constituyen semiplena prueba, y quienes pretendan ponerlo en crisis, deberán aportar los elementos probatorios que demuestren que los hechos no ocurrieron de la manera en que fueron informados, lo cual no ocurrió con ninguna de las personas informadas oportunamente por el árbitro del partido.
RESULTANDO:
Que se encuentran acreditados en el trámite la responsabilidad del club y dirigentes informados por el Sr. Árbitro del encuentro. Así tenemos que corresponde sancionar a los señores Pablo Silvestre y Mariano Silvestre, dirigentes del Club Unión Agrarios de Cerrito, afiliado a la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, cuatro y seis meses de suspensión en los términos del art. 248 del R.T.P., con los alcances previstos por el art. 253 de dicho Digesto normativo.
Sancionar al Club Unión Agrarios de Cerrito, con multa de cien (100) entradas por tres (3) fechas (arts. 32, 33, 80 incs. a, c, f y 90 R.T.P.).
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,
RESUELVE:
1°) Aplicar a los señores Pablo Silvestre y Mariano Silvestre, dirigentes del Club Unión Agrarios de Cerrito, afiliado a la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, cuatro y seis meses de suspensión -respectivamente- en los términos del art. 248 del R.T.P., con los alcances previstos por el art. 253 de dicho Digesto normativo.
2º) Sancionar al Club Unión Agrarios de Cerrito, afiliado a la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, con multa de cien (100) entradas por tres (3) fechas (arts. 32, 33 y 80 incs. a, c, f, y 90 R.T.P.).
3°) Comuníquese, publíquese y notifíquese.-