A pedido de la comuna, el Ministerio de Salud llevó adelante la inspección de cuatro geriátricos en Crespo. En ese marco se procedió a la clausura de uno y al apercibimiento de los otros tres para que regularicen su situación.
El accionar de la provincia se enmarca en el control de los lugares destinados a la atención de adultos mayores, y se llevó a cabo a raíz de un pedido formal realizado por el intendente de Crespo, Darío Schneider. El establecimiento clausurado es Esperanza de Vida.
La aplicación de apercibimientos para los otros tres establecimientos, les otorga diez días hábiles para mejorar las condiciones y presentar la correspondiente documentación para su habilitación.
“Recibimos la solicitud del presidente municipal de Crespo, y trabajamos rápidamente en equipo junto a los técnicos y profesionales del departamento de Atención Médica, quienes se dirigieron a cuatro geriátricos para realizar las inspecciones y proceder así a la regularización o clausura de los mismos”, indicó el director de Asuntos Jurídicos de la cartera sanitaria, Víctor Hugo Berta.
Se trata de los establecimientos crespenses: Manantial Residencial, ubicado en calle Alem 840; Los Manantiales, emplazado en calle Ramírez 1.118; Instituto Modelo Carolina, situado en calle Rivadavia entre Sáenz Peña y Rodríguez Peña; y Esperanza de Vida, instalado en Rocamora 1576. En este último, a partir de la resolución ministerial 3487 se dispuso la clausura total y permanente por no cumplir con los requisitos necesarios, tanto edilicios como de recursos humanos para brindar un servicio de salud acorde a un establecimiento geriátrico.
En este sentido, Berta afirmó: “A partir de las inspecciones encontramos distintas irregularidades en estos espacios de atención para ancianos, que tienen que ver más que nada, con el tema del recurso humano, en la mayoría de los casos insuficiente para la cantidad de personas que residen. Asimismo, en lo relacionado con lo edilicio y las condiciones de seguridad”.
Por otra parte, el funcionario advirtió que los responsables médicos de estos lugares deben cumplir con la reglamentación: “A través del cumplimiento de la Ley 9.823 y su respectivo decreto reglamentario 3.090, los interesados pueden interiorizarse de antemano acerca de las pautas a seguir para la habilitación del establecimiento. El médico que no cumpla con los requisitos y lleve a cabo su tarea en un lugar ilegal, será sancionado”.