La oficina de prensa del 17° Distrito Entre Ríos de la Dirección Nacional de Vialidad (D.V.N.) informa a la población en general, propietarios y arrendatarios cuyos inmuebles se encuentren linderos a las rutas nacionales, que deberán proceder a la reparación de alambrados deteriorados y colocación de faltantes cumpliendo con el art. 25 inc. G) de la ley nacional de transito 24.449 que establece la obligación de tener alambrados que impidan el avance de animales sobre la cinta asfáltica.
La falta de colocación de alambrados o su deficiente conservación hará pasible al propietario y/o arrendatario de las sanciones previstas en el Anexo 2 del decreto 779/95 y facultar a la Dirección Nacional de Vialidad como autoridad competente de la misma a realizar los trabajos necesarios para garantizar la seguridad de los usuarios, quedando los gastos a cargo de cada propietario lindero.
Asimismo, el no cumplimiento de lo impuesto por la ley de transito generara la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios resultantes de cualquier accidente que se produjera por animales sueltos en la ruta.
Por dudas o consultas, desde Vialidad solicitan que se acerquen a la oficina de Almafuerte 1023 de la ciudad de Paraná, o telefónicamente al (0343) 4242996.