A través de un proyecto de ley que ingresó a la Cámara de Diputados, se propone crear en el ámbito de la Secretaría de Industria del Ministerio de Producción, el Registro Provincial de Integrantes de la Cadena Láctea. En el mismo se inscribirán todos los productores lecheros de la provincia, las industrias radicadas o con plantas de elaboración en el territorio provincial, y los operadores lácteos que adquieran materia prima para su posterior procesamiento. La iniciativa plantea que cualquiera de las partes (industrias o productores) podrá pedir la formalización de las condiciones de compra venta a través de lo que se denominará “Acuerdo Lácteo”
El proyecto de autoría de los diputados socialistas Lisandro Viale y María Emma Bargagna, ingresó en la sesión de este martes en la Cámara de Diputados.
Propone que se cree en el ámbito de la Secretaría de Industria, Comercio y Planificación del Ministerio de Producción el “Registro Provincial de Integrantes Integrantes de la Cadena Láctea” en el que se inscribirán todos los productores lecheros de Entre Ríos, las industrias radicadas o con plantas de elaboración en la provincia, así como los operadores lácteos que adquieran materia prima para su posterior procesamiento.
Dicho registro será de acceso público en el sitio web del Ministerio de Producción, de manera tal que toda la información de los integrantes de la cadena esté a disposición para quienes deseen consultarla.
A su vez, dispone un plazo de 90 días para la inscripción de los integrantes de la cadena láctea, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
Además establece la obligación de informar para su publicación los precios de la leche calidad estándar que se pague al productor al momento de recibirla, y también deberán informar los parámetros promedios de los valores composicionales y de calidad de la leche que los productores les remiten.
En el proyecto se define qué características debe tener la leche de calidad estándar y de dónde surge el valor que tiene el litro de este tipo de leche.
Otro párrafo del proyecto establece que “el Ministerio de Producción creará un registro de laboratorios integrantes de la red de laboratorios habilitados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) para el análisis y pago de la leche cruda”.
Acuerdo lácteo
En el artículo 7 del proyecto se establece que “los productores primarios tienen derecho, al igual que los industriales, a pedir la formalización de las condiciones de compra venta que pactan entre las partes, no pudiéndose una parte negarse al pedido de la otra”.
La formalización se denominará “Acuerdo Lácteo” y constará de:
– Estándares de composición en grasa y proteína de la leche y los atributos higiénico-sanitarios, sobre las cuales la usina compradora aplica bonificaciones y castigos.
– Rangos y magnitudes de bonificaciones y castigos a aplicar sobre los estándares antes definidos.
– Condición de pago, fecha y plazo.
– Laboratorio en el cual las partes se comprometen a tomar su determinación como definitiva en caso de existir controversia.
– Protocolo de muestreo de la leche en la recolección periódica (INTI – Lácteos).
– Protocolo de muestreo en caso de controversia (INTI – Lácteos).
– Domicilio donde deben llegar las notificaciones que deban hacerse entre las partes.
La formalización del Acuerdo Lácteo es condición necesaria para la intervención de un tercero imparcial en el caso de dirimir diferendos que necesiten laudos.
“En caso de que no se haya formalizado el Acuerdo Lácteo entre comprador y vendedor y se generen discrepancias con los resultados de los análisis realizados, cualquier laboratorio que cumpla con las Normas ISO 17.025 e integre la red de laboratorios actuará como árbitro a fin de dirimir tales diferencias”, se indica luego.
El Ministerio de Producción, a través de la Dirección de Comercio Interior con la colaboración de la Secretaría de Producción Primaria y la Secretaría de Industria, Comercio y Planificación del Desarrollo, tendrá a su cargo verificar el cumplimiento de las normas del presente decreto, ejerciendo el poder de policía conferido por la Ley Nacional Nº 22.802, sus reglamentaciones y la normativa provincial autónoma y de adhesión al mencionado régimen”.
Los fundamentos
La iniciativa encuentra su antecedente primero el 8 de mayo de 2003, fecha en que se aprobó el Acta Acuerdo entre los Productores Lecheros, la Industria Láctea y los Gobiernos de las Provincias de Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Buenos Aires y La Pampa y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación; en la que se acordó, entre otro temas, la creación de registros de tambos en cada una de las provincias, mejorar la transparencia comercial de la cadena láctea, establecer una leche de calidad de referencia, sistemas de gestión de análisis de leche cruda, así como dictar las normas jurídicas necesarias para el ordenamiento del sector.
Asimismo, se enmarca en el Plan Estratégico Nacional Cadena Láctea 2020 iniciado en el año 2008.
“Estando a mitad de camino desde el inicio del Plan Estratégico Nacional Cadena Láctea 2020 y pasado más de 11 años de la firma del Acta Acuerdo, el país en el actual ciclo productivo volverá a mostrar una nueva caída en la producción, después de una década de producción estancada entre los 10 mil y 11 millones de litros”.
En la actualidad el congelamiento de los precios perjudica principalmente a los medianos y pequeños tamberos. “La Secretaría de Comercio Interior sólo autorizó el pago de tres pesos por litro, cifra que no alcanza para cubrir los costos de producción del litro de leche de acuerdo con los cálculos de los principales analistas”, se señala en los fundamentos del proyecto.
“Entre Ríos no escapa a la problemática nacional, sino que también se le suma el constante reclamo por parte de los integrantes de la cadena láctea de la necesidad de poseer instrumentos que minimicen los conflictos generados a partir de las decisiones inconsultas que, desde el exterior de la cadena láctea, inciden negativamente en su crecimiento y su fortalecimiento”, se manifiesta.
En este marco, se considera que “el Estado provincial debe jugar un rol activo en la determinación de la calidad del producto y la transparencia del mercado”.
“De igual manera, pero hacia adentro del sector, debe defender el eslabón más débil de la cadena, evitando que el control de la calidad del producto sea efectuado de hecho por la industria láctea y que el productor desconozca el precio de su trabajo hasta haber comenzado otro mes de entrega imposibilitándolo así de efectuar transacciones más favorables”, se añade luego en la iniciativa a la que tuvo acceso esta Agencia.
La sanción de este proyecto transparentará la cadena láctea, se destaca, al tiempo que se hace hincapié en la importancia de la actividad láctea en la Región Centro (Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba). (APFDigital)