Siete clubes de Paraná Campaña presentaron este lunes ante la Dirección Inspección de Personería Jurídica una nota reclamando intervenir o emplazar a la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, a fin de que fije fecha y convoque a asamblea general ordinaria de manera urgente, garantizando el cumplimiento del estatuto social vigente. En la presentación, a la que tuvo acceso el Diario Digital Paraná Campaña, enumeran una serie de 13 puntos mediante los cuales la dirigencia de la organismo redunda en irregularidades, concluyendo en que el mandato de las autoridades de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña esta vencido, advirtiendo que su gestión se torna de facto.

La nota dirigida al Director de Personería Jurídicas, Dr. José Carlos Lujan, que firman siete representantes de Clubes afiliados peticionan la Intervención o emplazamiento de la D.I.P.J. a fin de que se fije fecha y se convoque a Asamblea Gral. Ordinaria en la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, atento entender que se han agotado los plazos de convocatoria y prórroga, sumado a las irregularidades y/o vicios en el trámite de convocatoria que eponen en una serie de trece puntos.


 


En los mismos hacen referencia a que el Estatuto social vigente de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña establece en su art. 13 que “la Asamblea Ordinaria deberá realizarse una vez al año dentro de los noventa (90) días posteriores al cierre de cada ejercicio que se efectuará el 28 de Febrero de cada año”.-


 


Seguidamente recuerdan que en el presente año, cumplido el plazo anteriormente citado, una amplia mayoría de los clubes afiliados a la Liga de Fútbol de Paraná Campaña en fecha 27/06/2014 solicitaron el pedido de convocatoria de Asamblea General Ordinaria, atento haber expirado el plazo de llamamiento.


 


En el mismo sentido advierten que con el presente ejercicio, el Órgano Directivo de la  Liga de Fútbol de Paraná Campaña suma tres (3) ejercicios sin someterlos a revisión de los clubes afiliados en Asamblea Ordinaria.


 


Como respuesta al pedido de los clubes el órgano Directivo de la  Liga de Fútbol de Paraná Campaña solicitó prórroga a ésta Dirección para convocar a Asamblea Gral. Ord., aduciendo la falta de confección de balances;  pedido que fue concedido en 60 días a partir del 04/07/2014.


 


A partir de la prorroga mencionada surge el cuestionamiento sobre si los 60 días son corridos o hábiles, para lo cual la presentación formulada este lunes conjetura que, siendo la Liga de Fútbol de Paraná Campaña y los clubes componentes de ella, asociaciones, ellas se rigen por las disposiciones del Código Civil Argentino y la normativa procedimental administrativa del orden de la Dirección de Inspección de Personería Jurídica. Que mencionado ello, es menester señalar que el art. 28 del Código Civil dispone que los plazos deben contarse según lo que señalen las leyes, o los tribunales o los decretos de gobierno, a menos que el plazo señalado sea de días útiles, expresándose así. De lo que se infiere que si expresamente no se estipula que los días sean hábiles, deben contarse los plazos como días corridos. Por lo que en sustento de ello, el plazo de prórroga concedido a la  Liga de Fútbol de Paraná Campaña para realizar la Asamblea Gral. Ord., vencía el 04/09/2014.


 


A partir de estas afirmaciones, la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, el día 14 de agosto de 2014, generó en la Dirección de Inspección de Personería Jurídica el expediente Nº 36975 de convocatoria a la Asamblea Gral. Ordinaria, estableciendo el llamado para el 04/09/2014. En dicho expte. se adjuntó copia de los Balances de los Ejercicios 55, 56 y 57, junto al pedido de publicación en el Boletín Oficial de la Pcia. y una supuesta circular comunicando a los clubes afiliados de la convocatoria (ambos, requisitos del art.  12 del Estatuto social vigente de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña).


 


Paso siguiente, la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. fue suspendida a solicitud de integrantes del Órgano Directivo de la  Liga de Fútbol de Paraná Campaña y la circular notificando individualmente a cada uno de los clubes afiliados efectivamente NO fue realizada.


 


No obstante estas maniobras dilatorias se reconoce que en la edición del periódico “EL DIARIO” del 15 de agosto de 2014, se publicó la convocatoria a Asamblea Gral. Ordinaria de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña para el  04/09/2014, NO siendo éste un requisito del Estatuto vigente de dicha entidad.


 


Como ultimo argumento, desde el Órgano Directivo de  la Liga de Fútbol de Paraná Campaña se  solicitó una nueva prórroga para la realización de la Asamblea Gral. Ordinaria, cuyo argumento no es motivo de una nueva postergación de la tan esperada asamblea, por lo que la Unión de Clubes de Paraná Campaña, en fecha del 28/08/2014 formuló un pedido de impugnación a la nueva solicitud de prórroga. Además, el Club Atlético Hasenkamp (entidad afiliada a la Liga de Futbol de P.C.) anteriormente había solicitado la designación de un veedor a la D.I.P.J. para que asista el día de la Asamblea General Ordinaria. Ninguna de estas solicitudes fue resuelta por la D.I.P.J.


 


La nota también señala que en fecha del domingo 31 de agosto de 2014, sin sustento normativo o disposición de la D.I.P.J. que los avale, la Liga de Fútbol de Paraná Campaña comunicó a las entidades afiliadas que el plazo de prórroga debía contarse en días hábiles, por lo que la celebración de la Asamblea Gral. Ord. no sería realizada el 04/09/2014. En dicha circular también se convocó a los representantes de los clubes para la organización de la segunda etapa del Torneo Oficial de la Liga de Fútbol de P.C. para el día 03/09/2014.


 


En otro de los párrafos también se informa al Organismo provincial que en la reunión del 03/09/2014, luego de tratarse la organización de la segunda fase del Torneo/2014, los representantes de los clubes abajo firmantes transmitieron a los integrantes del Órgano Directivo de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña su preocupación por que la Asamblea Gral. Ord. pueda realizarse sin mayores dilaciones; no obteniendo respuestas positivas ni confirmatorias respecto de la celebración de la misma el día 04/09/2014 tal como estaba previsto.


 


Finalmente la nota concluye en que el día 04/09/2014, vencida la prórroga concedida por la D.I.P.J., el Órgano Directivo de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña NO celebró la Asamblea General Ordinaria, ni definió una fecha para la misma por lo cual vencido el mandato de las autoridades de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, su gestión se torna de facto.


 


Con los argumentos descriptos y las irregularidades manifiestas, solicitan a la  Dirección Inspecciòn de Personería Jurídica,  tenga a bien,  intervenir o emplazar a la Liga de Fútbol de Paraná Campaña, a fin de que fije fecha y convoque a Asamblea General Ordinaria de manera urgente, garantizando el cumplimiento del estatuto social vigente.


 


Firman la nota dirigentes de los clubes Independiente de Hernandarias, Deportivo Tuyango, Unión de Alcaraz, Deportivo Bovril, Unión A Cerrito, Atlético Hasenkamp y Cañadita Central de Segui.


 


 Fuente: Paraná Campaña-Diario Digital