El Bloque de Concejales de la UCR en el municipio de Crespo emitió un comunicado mediante el cual anuncia su beneplácito la sanción en la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos de la ley que autoriza al Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a adquirir mediante compra directa, el inmueble propiedad del Estado Nacional Argentino, Ejército Argentino. Esta ley autoriza además al Poder Ejecutivo Provincial a donar a la Municipalidad de Crespo el inmueble en cuestión, con el cargo de que éste sea incorporado a la planificación urbana de la ciudad contemplando exclusivamente espacios verdes, pudiendo disponer de partes del mismo a favor de instituciones educativas, culturales y deportivas con reconocimiento legal.

“Creemos que los Crespense estamos ante la oportunidad histórica de consensuar una  estratégica para el desarrollo urbano y ambiental de la ciudad”, indica la misiva.


En este sentido el Bloque de la Unión Cívica Radical presentó un PROYECTO DE ORDENANZA donde propone que todos los sectores de la ciudad participen de la discusión y futuro de un lugar tan importante para el desarrollo de la ciudad. Que las decisiones que se tomen no sean improvisadas sino el producto de un profundo análisis y debate de la comunidad, con el correspondiente asesoramiento técnico especializado de instituciones técnicas y universitarias que estudien sobre el desarrollo urbano de las ciudades, y en particular, teniendo en cuenta la problemática medioambiental.


Puntos sobresalientes del proyecto de ordenanza:


Crear una comisión de estudio “ad-hoc” que estará integrada por un representante de cada bloque de éste Concejo Deliberante, un representante del Departamento Ejecutivo Municipal, y cinco representantes de organizaciones civiles de la Ciudad, con amplias facultades, que tendrá como misión estudiar y recabar opiniones sobre los usos o destinos a darse al inmueble objeto de la presente, debiendo para ello convocar a la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad Nacional del Litoral, para la elaboración de un anteproyecto de utilización integral del inmueble señalado en el art. 1º, en plazo máximo de un (1) año a contar desde la sanción de la presente ordenanza.


El anteproyecto técnico será el producto de los aportes de los especialistas de la universidad mencionada y de la participación de los vecinos e instituciones de la ciudad, a través de los mecanismos que se estimen más convenientes, como por ejemplo charlas debate, audiencias públicas, encuestas, etc.


El proyecto final será presentado sometido a la opinión y convalidación de la ciudadanía, mediante una consulta popular a convocarse por el Honorable Concejo Deliberante, según la normativa vigente.