La norma fue sancionada el año pasado y establece un nuevo régimen por el que se regulan los derechos y obligaciones del trabajador rural y de su patrón. Tras seis meses de haber sido sancionada, diputados nacionales piden informes al Poder Ejecutivo respecto a la reglamentación de la Ley Nº 26.727 de Régimen de trabajo agrario. Cabe recordar que la norma fue sancionada por el Congreso 2 de diciembre de 2011 y promulgada por el decreto 258 del 27 de diciembre de 2011, y establece un nuevo régimen por el que se regulan los derechos y obligaciones del trabajador rural y de su patrón como así también las distintas incidencias en la relación laboral agraria. “Es por eso que constituye un valioso instrumento todos los trabajadores agrarios”, destacan los legisladores.
El texto fue presentado por el entrerriano Atilio Benedetti (UCR) y está acompañado por Jorge Chemes (UCR-Entre Ríos), por María Elsa Álvarez (UCR-Santa Cruz) y María Luisa Storani (UCR-Buenos Aires).
En ese marco, piden conocer “¿cuáles son las razones por las cuales, a la fecha, no se ha cumplido con la reglamentación de la ley 26727, en cumplimiento de lo establecido por la propia norma en el art. 109?; así como “si se ha avanzado en un proyecto de reglamentación. De ser afirmativa la respuesta indicar la etapa en que se encuentra”; e informar sobre “el tiempo en el que el Poder Ejecutivo Nacional cumplirá con la obligación de reglamentación de la ley 26727 y sobre cualquier otro dato pertinente con la temática presentada”.
Cabe recordar que la norma fue sancionada por el Congreso 2 de diciembre de 2011 y promulgada por el decreto 258 del 27 de diciembre de 2011, y establece un nuevo régimen por el que se regulan los derechos y obligaciones del trabajador rural y de su patrón como así también las distintas incidencias en la relación laboral agraria. “Es por eso que constituye un valioso instrumento todos los trabajadores agrarios”, destacan los legisladores.
“Han transcurrido más de 5 meses y la ley no ha sido reglamentada por el Poder Ejecutivo, a pesar de que la propia norma en el artículo 109° establece el plazo de 60 días para cumplir con esa responsabilidad. No es sólo el incumplimiento lo que señalamos como una falta grave por parte de uno de los poderes del Estado, sino que lo más importante es que se cercenan derechos de los trabajadores agrarios en materia previsional, remuneraciones mínimas, fijación de jornada de trabajo y la prohibición de trabajo de menores, entre otros temas de relevancia”, denunciaron en el texto al que accedió Recintonet.