Desde el 1° de enero, las Juntas de Gobierno de Entre Ríos comenzaron a percibir un 42% de aumento en los aportes mensuales no reintegrables otorgados por el gobierno provincial. La ley 10.467, sancionada en diciembre del 2016 y reglamentada por el Ejecutivo Provincial (Decreto N° 2549) beneficia a 194 Juntas de Gobierno.
La iniciativa fue presentada por el diputado Juan José Bahillo (FpV-Gualeguaychú) y aprobada por ambas Cámaras en diciembre del 2016. “Surge del acuerdo político entre gobernador Gustavo Bordet, nuestro bloque y los Diputados de la oposición”, explicó el legislador y aseguró que el objetivo “es contribuir al progreso y la modernización de los pueblos para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Las Juntas necesitan dar impulso a una mejor calidad institucional, social, política y cultural”.
Bahillo indicó que “el antiguo régimen estaba totalmente desactualizado. Existía una necesidad real de darles a las Juntas de Gobierno de la provincia -mientras se estudia una nueva ley de Comunas- un aumento en los aportes mensuales no reintegrables que les permita atender con mayor eficiencia los servicios que prestan a los vecinos”, expresó.
Por su parte, el secretario de Gobierno de la provincia, Germán Grané explicó que la nueva modalidad supuso un “trabajo territorial intenso, por parte del Ministerio de Gobierno y Justicia, que nos permitió obtener un mayor conocimiento de las necesidades de las distintas Juntas de Gobierno”.
Hilt: “Nos ayuda a modernizarnos”
Betina Hilt, presidenta de la Junta de Gobierno de Irazusta (Departamento Gualeguaychú) expresó que: “Se trata de un avance importante para el pueblo. Podemos empezar a trabajar y a proyectar de manera más autónoma. Nos ayuda a modernizarnos en muchos aspectos. Tenemos muchas expectativas y nos permitirá organizarnos mejor”, aseguró la funcionaria.
Asimismo, Hilt recordó que en el año 2004 “un proyecto de Bahillo logró que los presidentes de Juntas perciban una compensación de acuerdo a la categoría” y “junto con el aumento, aprobado recientemente, constituye una mejora significativa”. La funcionaria también destacó la agilidad del gobernador Bordet “para implementar este pedido que hicimos las 13 juntas del departamento”.
En tanto, el coordinador de Juntas, Mauro Díaz Chávez indicó que: “La sanción de ésta Ley no sólo es un avance cuantitativo, sino fundamentalmente cualitativo, porque se trata de achicar la brecha entre las categorías de Juntas”.
Lo que se aprobó
Se modifica el artículo 14º de la Ley Nº 7.555 mediante el cual se establece:
“Las Juntas de Gobierno dispondrán de una asignación anual de fondos provenientes del Tesoro Provincial, que será efectivizada mensualmente, graduada de acuerdo a la población del Centro Rural y al valor del salario básico vigente para el personal de la Administración Pública, conforme a la siguiente escala:
-Categoría I: 48 sueldos básicos mensuales, categoría 10 del actual escalafón o su equivalente.
-Categoría II: 31 sueldos básicos mensuales, categoría 10 del actual escalafón o su equivalente.
-Categoría III: 20 sueldos básicos mensuales, categoría 10 del actual escalafón o su equivalente.
-Categoría IV: 11 sueldos básicos mensuales, categoría 10 del actual escalafón o su equivalente.
Actualización de los aportes
Categoría I: 40 sueldos ($72.690) se incrementó a 48 sueldos ($87.512)
Categoría II: 20 sueldos ($36.480) a 31 sueldos ($56.544).
Categoría III: 15 sueldos ($27.360) a 20 sueldos ($36.480)
Categoría IV: 7 sueldos ($12.768) a 11 sueldos ($20.064).