Entre otras cuestiones el proyecto establece las competencias, funcionamiento y requisitos para la constitución de los municipios de la provincia, así como también otros institutos vinculados a la estabilidad del empleado público municipal y a la autonomía de los municipios, incorporados durante la reforma Constitucional de 2008. En la sesión de este martes la Cámara de Diputados de la provincia aprobó por unanimidad la media sanción a la reglamentación de la Ley Orgánica de Municipios –que reemplazará a la actual 3001-, basándose en los proyectos presentados por el Frente Federal y por la Unión Cívica Radical.
El encargado de efectuar la fundamentación del proyecto consensuado en el recinto fue el Presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, diputado Jorge Bolzán, quien comenzó haciendo una recorrida histórica por el debate que se dio al tema, tanto en la comisión como en el pleno de la Reforma Constitucional de la provincia.
Allí, entre los institutos incorporados de mayor envergadura, se destacó “la autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera de los municipios de la provincia” dijo el legislador.
En este último sentido, Bolzán creyó oportuno aclarar en el debate que los constituyentes “se refieren a una autonomía derivada”, puesto que “claramente son las provincias argentinas las que tienen poder originario, con una autonomía de primer orden” explicó.
Por otro lado el legislador efectuó también una crítica a los intendentes que pretenden una nueva reelección de su mandato, sobre lo que lamentó “la judicialización” de la cuestión.
Asimismo no dejó de advertir la que “la Liga de Intendentes Justicialistas no participó en los debates de este proyecto” y remarcó sentirse “orgulloso de presentar una ley orgánica, que asegure la plena operatividad de la autonomía municipal” concluyó. (APF)