Debido a la implementación del Decreto Nº 5158/10 del Gobierno de Entre Ríos, el Registro Nacional de Productores Apícolas a partir del mes de julio, las mismas deben realizarse en los Municipios. Bajo esta normativa, desde el 18 de julio no se reciben más las inscripciones, actualizaciones o renovaciones del RENAPA en la sede del Ministerio de Producción en Paraná, sino que deberán presentarse en la comuna más cercana a su domicilio.

Cada municipio que se adhiere al Convenio, se compromete a recepcionar y registrar las Declaraciones Juradas que presenten los productores, en un Programa centralizado en el Ministerio de Producción.


Todo productor que ya posea su credencial en vigencia, deberá volver y REEMPADRONARSE en el municipio, presentando su credencial y la copia de su declaración jurada para el visado del carnet realizado con anterioridad.


Este reempadronamiento y cambio de modalidad en el registro es de carácter OBLIGATORIO para todos los productores de la provincia, debiendo realizarse el trámite cada año. Las actualizaciones de datos se realizarán los 30 de septiembre para contar con información renovada permanentemente.Como realizar la Inscripción:


* La inscripción en el RENAPA es obligatoria y gratuita para toda persona física o jurídica y tendrá una validez de 2 años. Los productores que cuenten con un mínimo de 5 colmenas deben inscribirse obligatoriamente. La inscripción es voluntaria sólo para quienes poseen menos de 5 colmenas


* Usted recibirá una credencial que lo acredita como productor apícola que le será requerida para todo trámite relacionado con la actividad.


* La inscripción en el Registro es un requisito indispensable para que pueda comercializar la producción, a fin de poder asegurar la trazabilidad de su producto.


* La actualización en el Registro pasa a ser de carácter voluntario, por lo cual, se podrá realizar todas las veces que el productor modifique sus datos personales, su cantidad de colmenas, etc.


* Los productores registrados recibirán información actualizada sobre la evolución del sector, así como asistencia permanente por parte de las provincias y del gobierno nacional.


* El número de RENAPA es único e intransferible. El APICULTOR debe identificar el material apícola a fin de posibilitar al máximo el control policial. Este número debe ser grabado en las colmenas a hierro candente o con un procedimiento que produzca efectos similares. La marca tendrá un máximo de 5 cm de altura por 20 cm de ancho. En caso de vender las colmenas o adquirir colmenas usadas el primer propietario debe marcar en el alza el número invertido para anular así su marca y desvincularse del material. (Fuente: SAGPYA