La Secretaría de la Producción informó que el Gobierno provincial decretó la emergencia y/o desastre agropecuario para productores afectados por la crecida del Río Paraná. Los mismos deberán presentar sus declaraciones juradas para su inclusión en los beneficios establecidos en la legislación vigente. De acuerdo a lo establecido mediante el Decreto Nº 69, la emergencia va desde el 1º de diciembre de 2009 hasta el 30 de junio de 2011 para productores ganaderos y apícolas afectados de las zonas de islas y anegadizos de los departamentos La Paz, Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay e Islas del Ibicuy.

También abarca desde el 1º de diciembre de 2009 hasta el 30 de junio de 2010 a los productores agrícolas afectados cuyas explotaciones se encuentren en las siguientes zonas: departamento Victoria, distritos Montoya, Rincón de Nogoyá, Laguna del Pescado, Corrales e Hinojal; departamento Nogoyá, distritos Montoya, Sauce, Crucesitas y Algarrobitos; departamento Paraná, distrito Antonio Tomas; departamento Gualeguay, distrito Sauce; departamento La Paz, distrito Alcaraz Segundo; departamento Villaguay, distrito Raíces y Bergara; departamento Tala, distrito Raíces al norte; departamento Federal, distrito Francisco Ramírez.



Además, la medida contiene a los productores citrícolas cuyas explotaciones se encuentren en el departamento Federación, distrito Mandisoví, entre el 1 de diciembre de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.


El plazo para la presentación de las declaraciones juradas es de 90 días. Los formularios están disponibles en www.entrerios.gov.ar/produccion.


Para informes, los productores deben dirigirse a la Dirección General de Agricultura, Tejeiro Martínez 480, Paraná, (0343) 4208318 ó a la Dirección General de Ganadería y Avicultura, 25 de Mayo 113, Paraná, (0343) 4207956/57.