Al cumplirse cuatro meses del terrible crimen que conmocionó a la localidad de Viale, ubicada a 50 kilómetros al este de la capital entrerriana, la Justicia confirmó la calificación del delito ocurrido el 26 de febrero en el cual se encontró muerto al empresario Juan Pablo “pichi” Ledesma. El socio propietario de boliches de Paraná Campaña murió el 26 de febrero pasado luego de recibir una brutal golpiza por parte de sujetos que ingresaron a su domicilio para robar una suma de dinero que supuestamente, se hallaba en la vivienda. A Ledesma lo ataron y estando amarado, lo torturaron para que dijera dónde estaba el dinero.

La Sala I de la Cámara del Crimen de Paraná confirmó el procesamiento de un albañil llamado Cristian Gutiérrez y un menor que intervino en el cruel asesinato. Además, hizo lugar al planteo de la querella para cambiar la calificación del delito y que la misma, pase de ser homicidio en ocasión de robo a ser caratulado como “homicidio doblemente agravado por alevosía”, explicó el abogado Guillermo Federik.


Cabe recordar que e abogado querellante en la causa que se investiga el homicidio de Pablo “Pichi” Ledesma, había apelado la calificación legal del hecho y había argumentado en su escrito que se trataba de un hecho mucho más grave que el homicidio en ocasión de robo, “ya que el homicidio se comete en el sometimiento a una tortura infligida a la víctima para procurar la información necesaria para consumar el robo”, fundamentó Federik.


De esta manera, la Cámara del Crimen rechazó el planteo de apelación al procesamiento de Gutiérrez realizado por su abogado defensor, Humberto Franchi y confirmó la medida tomada en primera instancia.


Franchi explicó en dicha oportunidad que había presentado la “apelación por el delito que se le imputaba a Gutierrez, como así también a la prisión preventiva” que se le dispuso desde el momento del asesinato y que aún cumple en la Unidad Penal Nº1 de Paraná.


Al respecto, argumentó que el “procesamiento no corresponde, porque Gutiérrez fue ajeno al hecho, no tenía relación ni vínculo con la víctima”, dijo en tal oportunidad y agregó que había “contradicciones en las declaraciones de uno de los testigos que vincula a Gutiérrez con este terrible hecho”.


Según dijo el letrado “era la única discrepancia que se había planteado con el auto de procesamiento” dictado por la jueza instructora Marina Barbagelata y que “en cuanto a los hechos, ha sido íntegramente confirmado”, aclaró Federik.


Ambos imputados “tendrán que ir a juicio oral, ya que la reafirmación del auto de procesamiento en cuanto a los hechos y esta modificación de la calificación, van a provocar una audiencia a la brevedad, como debe ser”, remarcó el letrado.