En su última reunión, la Liga de Intendentes Justicialistas analizó la posibilidad de presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Justicia para que puedan postularse para un tercer mandato aquellos intendentes que en 2011 cumplirán 8 años de gestión. El intendente de Crespo, Juan Carlos Brambilla, adelantó que adherirá a esta propuesta y recordó que son 14 los intendentes de la provincia que estarán imposibilitados de presentarse a las elecciones por lo establecido en una cláusula provisoria de la Constitución (reformada). No obstante, el jefe municipal aclaró que en su caso, aún no ha evaluado sí se presentará como candidato a intendente, en el caso de que prospere esta solicitud.

Por su parte, el intendente Daniel Krämer (Ramírez) manifestó: “Junto a los asesores legales de cada municipio nos seguiremos reuniendo para abordar este tema. Tenemos derecho, la comunidad lo valora y quiere que el intendente pueda ser reelecto”. En este sentido indicó que esta cláusula constitucional no sólo afecta a los jefes comunales que no pueden postularse al tercer mandato consecutivo, sino que “acota el ejercicio de intendentes para el futuro”.


La Constitución provincial reformada en 2008 en su artículo 234 (párrafo cuarto) habilitó la reelección de los intendentes, al establecer que “durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos o sucederse recíprocamente por un período consecutivo más y luego sólo por períodos alternados”. Y mediante una cláusula transitoria se excluyó de la posibilidad de ser reelegidos en 2011 a los intendentes que en 2007 fueron electos para un segundo mandato.


En efecto, la disposición transitoria (artículo 291), determina que: “… aquellos ciudadanos que a la fecha de la sanción de esta Constitución se encontraren desempeñando su segundo mandato consecutivo como presidentes municipales, sólo podrán en lo sucesivo ser electos en períodos alternados”. El Observador