El Concejal Justicialista de Hasenkamp, Carlos Moisés impulsó en el Consejo Deliberante de esta localidad un proyecto de ordenanza mediante el cual propone la creación del “Consejo de Seguridad” de la Ciudad. El mismo deberá contemplar la convergencia de todas las áreas comprometidas en el desarrollo de políticas activas en materia de Seguridad como la Justicia, Fuerzas de Seguridad y policiales, Comunidad y Municipio. La iniciativa del edil surge luego de profundos debates generados a partir de una serie de hechos delictivos en la localidad y tendrá como objeto detectar, analizar, evaluar y promover la política estratégica y las medidas generales y particulares a ser implementadas en materia de seguridad integral y prevención del delito.

Proyecto De Ordenanza Presentado Por El Consejal Moises .-


EN LA REUNION DE LA JUNTA DE FOMENTO DEL DIA 24/09/2009


“CREACION CONSEJO DE SEGURIDAD”


 


VISTO:


La problemática de la “inseguridad” en nuestra localidad y, la necesidad de contar con una medida que apunte a un abordaje integral para una situación sumamente compleja, y


 


CONSIDERANDO:


Que el constante incremento de los índices delictivos, generó en la población un sentimiento que les impide sentirse libre de todo riesgo, real o potencial. Siendo éste sentimiento la causa fundamental de las actuales exigencias de rápidas medidas de control en materia de Seguridad y Prevención del delito;


 


Que en toda política de desarrollo urbano la seguridad debe ser contemplada en toda su globalidad y complejidad, con el conjunto de los actores: políticos, económicos, sociales, educativos, asociativos, judiciales y policiales. Por lo cual es necesaria la unión de las prácticas institucionales, la descentralización de los lugares de decisión y las políticas de acercamiento a la comunidad;


 


Que esta idea de responsabilidad compartida también debe extenderse a la Participación Ciudadana, porque la sociedad civil tiene el derecho y el deber de participar en la solución de los problemas de seguridad, de la misma manera que lo hace en otros aspectos de la vida del municipio;


 


Que la gran amplitud y la polivalencia de las circunstancias, que abarcan, en su totalidad, el amplio abanico de los problemas de la comunidad: la mediación en conflictos, el auxilio en emergencias sociales y sanitarias, las problemáticas derivadas del alcohol y las drogas, la prevención de la delincuencia, el abandono de la niñez y la ancianidad merecen un tratamiento basado en la solidaridad, asistencia, contención y respeto de todos y cada uno de los habitantes de esta ciudad;


 


Que, por el bien de la ciudadanía toda, es menester que nadie busque en un tema tan sensible, tan preocupante, un aprovechamiento coyuntural, de facción, electoralista. Todas las fuerzas políticas tienen que comprender que hoy el tema de la inseguridad es realmente un asunto de Estado y que tenemos que emplear todos los dispositivos, policiales, de seguridad, el aparato Judicial, fundamentalmente la educación, y todos aquellos elementos que nos permitan atacar este flagelo. El tema es muy complejo y no se puede abordar con las urgencias y las pasiones de un debate electoral y tampoco se puede abordar desde una mera parcialidad, que es otro de los defectos que solemos tener. Generalmente solemos caer en reducir la problemática a un tema meramente o exclusivamente policial. Esta línea de pensamiento pone de manifiesto otro fenómeno propio de la materia, que es el enfriamiento del pensamiento referido a la seguridad; es que el concepto ha quedado congelado en las concepciones de hace muchos años, produciéndose, aún hoy, una identificación del fenómeno de la seguridad con el fenómeno policial. Se ha dicho en muchísimas oportunidades que la seguridad la hace la policía. Y en principio eso, indudablemente, es así. Pero hoy todo el mundo sabe que la seguridad se hace con la policía, es correcto, pero también con muchos otros factores y actores más.


 


POR ELLO:


LA HONORABLE JUNTA DE FOMENTO DE LA MUNICIPALIDAD DE HASENKAMP


Sanciona con fuerza de ORDENANZA


 


Art.1º) Crease el “Consejo de Seguridad” de la Ciudad de Hasenkamp, el cual deberá contemplar la convergencia de todas las áreas comprometidas en el desarrollo de políticas activas en materia de Seguridad como la Justicia, Fuerzas de Seguridad y policiales, Comunidad y Municipio.


 


Art.2º) OBJETO:


El “Consejo de Seguridad” de la Ciudad de Hasenkamp tendrá como objeto detectar, analizar, evaluar y promover la política estratégica y las medidas generales y particulares a ser implementadas en materia de seguridad integral y prevención del delito.


 


Art.3º) FINALIDAD:


Tendrá como finalidad proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, promoviendo la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto por las garantías individuales y sociales, teniendo en cuenta como factores principales la prevención, seguridad y protección integral comunitaria.


 


Art.4º) MISION:


El Consejo tendrá como misión proponer y desarrollar políticas y acciones que contribuyan a promover la seguridad ciudadana en la Ciudad de Hasenkamp. A ese fin impulsará la participación democrática de los ciudadanos, de las ONGs y afianzará la colaboración con la justicia, las fuerzas de seguridad y policiales.


 


Art.5º) FUNCIONES:


Serán las funciones del “Consejo de Seguridad” de la ciudad de Hasenkamp:


promover el mantenimiento de la seguridad y la convivencia como un derecho y un elemento esencial en la calidad de vida de los ciudadanos. Especialmente en lo que se refiere a la protección a los más débiles y desfavorecidos social y económicamente, que son quienes más sufren las consecuencias de la delincuencia y de otras conductas sociales.


Cooperar de manera activa y responsable en el desarrollo de políticas integradoras, y estrategias que permitan afrontar con éxito las causas y efectos de la violencia y de la inseguridad, las cuales se implementarán a través de Programas, Proyectos y Acciones.


Las Políticas integradoras se ajustaran en lo que sea posible a los siguientes criterios:


 


a) Políticas de prevención.


Desde una perspectiva local y próxima a los ciudadanos, las políticas de prevención de la inseguridad ciudadana son un instrumento fundamental para garantizar el mantenimiento de la calidad de vida en las ciudades y, en consecuencia, deben convertirse en el vértice del sistema de seguridad.


Dichas políticas deben abordarse, entendiendo a la delincuencia como un fenómeno con causas múltiples y que requiere respuestas multidisciplinarias. Y es la Comunidad a través del conjunto de sus integrantes quien posee las mejores condiciones posibles para desarrollar las políticas de prevención de la delincuencia.


Buena parte de los problemas que tienen una fuerte incidencia en la seguridad ciudadana, como la marginalidad, las drogodependencias, la violencia y el ocio juvenil, el vandalismo urbano, la violencia de genero, etc., son problemas que no tienen una solución estrictamente policial, sino que requieren ser abordados de manera integral, a través de políticas integrales.


Las políticas de prevención deben tratarse, en una primera fase de abordaje, como el medio de acceder al conocimiento de las problemáticas que afectan a la seguridad ciudadana. Necesariamente deberán incluir un diagnóstico previo, estudiando diversos factores, como la marginación social, indicadores del riesgo, inseguridad, acciones multidisciplinarias preventivas (policiales, socio-económicas, educativas, urbanísticas, culturales, etc.).


Por último, las políticas preventivas deben orientarse a aquellos sectores de riesgo social y muy especialmente a la juventud, que padece situaciones complejas de desempleo, deserción y fracaso escolar, falta de perspectivas, etc


 


 


En concreto se propugna el desarrollo de las siguientes políticas de prevención:


– Programas de prevención del delito en zonas inseguras tanto urbana como rural.


– Programas de lucha contra la violencia de género, dando un tratamiento integral a la atención de este fenómeno.


– Programas de prevención de la violencia infanto – juvenil, con especial atención a la prevención de los comportamientos sociales en el entorno socio-escolar.


– Programas de prevención del racismo y la xenofobia en las etapas escolares de primaria y secundaria.


– Programas de educación en valores y convivencia entre la población escolar.


– Políticas de prevención del vandalismo urbano y de medidas educativas que favorezcan su erradicación.


– Auditorias de Seguridad, que coadyuven al pleno conocimiento de la incidencia que la inseguridad tiene en el bienestar social y la calidad de vida en las ciudades.


– Integración de los conceptos de seguridad y prevención en la planificación urbanística, favoreciendo el diseño de espacios que favorezcan la convivencia y adaptando los espacios públicos a las necesidades sociales.


– Las nuevas formas de ocio y las problemáticas que llevan asociadas deben ser tratadas con políticas y programas que den respuesta a las demandas de los jóvenes y contribuyan a la convivencia urbana. Para ello deberán desarrollarse programas de ocio de calidad y de ocio alternativo.


– Programas de prevención de las drogodependencias y el alcoholismo.


– Programas integrales de protección a los mayores, que den respuesta, entre


otros, a los graves problemas que este sector de la población tiene en el


ámbito de la seguridad.


b) Políticas de proximidad.


Los sistemas vinculados a la proximidad de la gestión pública, plurales y descentralizados, son los que mejor responden y permiten la ejecución de las políticas de seguridad ciudadana. Desde la comunidad se puede desempeñar un papel crucial en la mejora, la eficacia y la eficiencia de las políticas de prevención, con el valor añadido del pleno conocimiento de la realidad social y de la evolución del fenómeno de la delincuencia.


Si bien la Seguridad Ciudadana es una tarea primordial del Estado Provincial y le corresponde velar por la “Ley y el Orden” contando para ello con un instrumento tradicional como el Control Policial (Preventivo y Represivo) y medidas legales destinadas a combatir el delito. El Consejo deberá fomentar un acercamiento de las autoridades provinciales, policiales y judiciales a fin de encontrar soluciones viables al tema de Seguridad.


 


Los programas de Proximidad deben desarrollarse en cooperación permanente y constante con el Gobierno Municipal, las instituciones y asociaciones de la ciudad, la justicia y Policía Local, en contacto directo y estrecho con los ciudadanos y la problemática de la Comunidad:


 


– Como gestores de la seguridad y de la prevención aplicando los conceptos de integralidad y transversalidad.


– Contribuir a la prevención del delito y la mediación en los conflictos Ciudadanos.


– Proponer programas de trabajo para la prevención de la delincuencia, planificando, desarrollando e implantando las acciones en los barrios.


– Formular sugerencias y propuestas, y solicitar informes a los titulares de las Comisarías.


– Informar y asesorar a los vecinos acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública en el ámbito municipal.


c) Políticas de participación ciudadana.


El concepto de responsabilidad compartida no sólo debe aplicarse al ámbito institucional, sino que también debe extenderse a los ciudadanos a través de sus entidades representativas. Porque la seguridad es un problema de todos y porque los ciudadanos tienen derecho a disponer de un marco de participación en la elaboración de las políticas de seguridad y a evaluar la gestión realizada por las diferentes administraciones, policía y justicia. Defendiendo una gestión de la seguridad transparente y hecha de cara a los ciudadanos.


 


Para ello, se propone el desarrollo de políticas de participación a través de las siguientes medidas:


– Impulsar la creación de los Consejos de Seguridad Barriales Preventivos, como organismos generadores de las políticas de prevención y catalizadores de la participación ciudadana en los barrios, generando un espacio de discusión y canalización de propuestas de políticas integrales y evaluación de programas.


– Impulso y desarrollo de programas de Convivencia, buscando la participación, e incluso la cogestión, de los programas de seguridad y prevención Municipal.


– Fomentar actividades acerca de la prevención de las adicciones y los delitos mediante publicaciones, campañas e intercambio de información.


– Difundir planes de autoprotección y evacuación.


d) Políticas de coordinación.


Coordinar la actuación de todas aquellas organizaciones y entidades intermedias que a través de sus redes de comunicaciones y su presencia permanente en la Ciudad permiten una eficaz intervención en materia de seguridad y prevención.


La coordinación debe ser pues un elemento estructural en un sistema en el que coexistan y participen diversos sectores presentes en la ciudad.


 


Las políticas de coordinación y colaboración deben incluir, además, a las diversas autoridades, al sistema judicial y cuerpos policiales.


e) Políticas de solidaridad.


pieza clave en las modernas políticas de prevención son las acciones que se llevan a cabo en materia de solidaridad social desde una doble vertiente: la adecuada acción jurídico-social, que suponga reforzar las acciones de la atención a las víctimas del delito, reparadora de los daños sufridos, abarcando en forma integral a todo su entorno y propiciando la contención de todos los habitantes de la ciudad que sean victima reales o potenciales de la inseguridad en todas sus formas.


 


Por ello, las políticas de solidaridad, deberán encaminarse a:


– Generar en la Población actividades tendientes a detectar, denunciar y contrarrestar correctamente la comisión de delitos.


– Potenciar los Servicios de Atención a las Víctimas, con todo un entramado de apoyo asistencial de los recursos sociales.


– Desarrollar programas de atención integral y rehabilitación de los sectores de población con riesgo social: mujeres, ancianos, jóvenes y niños.


– Impulsar políticas y programas de educación y concientización, en una perspectiva reeducadora, para que los autores de conductas sociales puedan modificar hábitos y conductas transgresoras.


– Definir una respuesta eficaz para los niños en situación de riesgo o abandono, en colaboración con los servicios sociales y las instituciones locales mas próximas al ciudadano.


– Registrar la información surgida de las acciones establecidas en los puntos anteriores para constituir una base de datos con criterios uniformes de demandas efectivas.


 


Art.6º) COMPOSICIÓN:


“El Consejo” estará integrado por el Plenario y por Comisiones de Trabajo.


 


Art.7º) INTEGRACIÓN DEL PLENARIO:


El Plenario estará integrado por los siguientes miembros:


(1) Un representante del Poder Judicial con la suficiente investidura institucional para representar al mencionado Poder.


2) Dos representantes de la Junta de Fomento de la Municipalidad de Hasenkamp, uno representante de la mayoría y otro de la minoría.


3) Un vecino por cada Consejo de Seguridad Barrial Preventivo.


4) Un representante por cada institución académica, religiosa, cultural, Colegios Profesionales, Centro de Comercio y Empresariales, asociaciones, clubes, Ongs, gremios y sindicatos. Todas ellas deberán contar con Personería Jurídica, tener una destacada actuación en la ciudad y por lo menos tres años de inserción y trabajo en la Comunidad Hasenkampense.


5) Un representante del Poder Ejecutivo Municipal.


6) Un representante de la Policía de los de mayor antigüedad en el cumplimiento de sus funciones en esta Ciudad.


7) Autoridades educativas de las distintas entidades de la localidad o su representante.


8) La autoridad de salud o su representante.


 


Art.8º) DE LA REPRESENTACIÓN:


En todos los casos que corresponda, la representación deberá acreditarse en forma escrita y suscripta por la máxima autoridad de cada Institución quien certificara la mencionada calidad.


Tal representación se ejercerá en forma indefinida, salvo cambios o reemplazos decididos por la institución que representa el cual deberá ser notificado en el plazo de 48 horas por escrito.


La representación será institucional, no pudiendo participar a titulo personal.


 


Art.9º) ATRIBUCIONES DEL PLENARIO:


El plenario tiene las siguientes atribuciones:


-Implementar, organizar y llevar a cabo con transparencia, eficacia y  eficiencia el funcionamiento del Consejo en forma continua y constante.


– Dictar y aprobar el reglamento interno.


– Solicitar la cooperación de instituciones, locales, provinciales y nacionales.


– Convocar a las diferentes Comisiones de trabajo del Consejo para el tratamiento de temas en general y particular, asignándoles la temática.


– Recepcionar y derivar las demandas comunitarias en materia especifica de Seguridad Integral.


– Invitar a las autoridades o funcionarios públicos nacionales, provinciales y/o locales, con la finalidad de avocarse al estudio y tratamiento de cuestiones relativas a su ámbito de actuación.


– Por medio de un responsable representar ante el Estado Nacional, Provincial o Municipal al Consejo de Seguridad de la Ciudad de Hasenkamp en las gestiones que este desarrolle.


– Confeccionar un informe semestral de gestión, evaluación y resultados de su actuación.


– El Plenario del Consejo se reunirá al menos una vez por mes.


 


Art.10º) AUTORIDADES:


Serán sus autoridades:


PRESIDENTE:


Tendrá las siguientes atribuciones:


– Presidir las sesiones del Plenario siendo responsable de lograr la armonía y colaboración de los diferentes miembros del Consejo.


– Representar al Consejo en las reuniones institucionales que se le requiera.


– Coordinar las acciones a desarrollarse y colaborar en elaboración de las


propuestas y planes que implementen o tenga participación el Consejo.


– Representar legalmente al Consejo.


– Ser el vocero de las conclusiones y definiciones a las que se arriben.


– Entender en la formulación de los convenios con la Nación, la Provincia y/o el Municipio relativos al intercambio de información, programas y proyectos.


– Dar a conocer todos los programas, proyectos y campañas de información y prevención que crea conveniente el Plenario.


– Informar a los medios de comunicación de todas las cuestiones que sean de interés general para la Comunidad de Hasenkamp.


 


VICEPRESIDENTE.


– Serán sus funciones las mismas que las del Presidente, las cuales ejercerá en caso de ausencia temporal o permanente de este.


SECRETARIO.


– Tendrá a su cargo la responsabilidad de llevar en tiempo y forma todas las cuestiones administrativas atinentes a la constitucionalidad y funcionamiento interno del Consejo de Seguridad de la Ciudad de Hasenkamp.


– Confeccionar los libros de actas que sean necesarios.


– Diligenciar todas las propuestas y demandas surgidas del Consejo.


– Organizar toda la tarea concerniente a Prensa y Difusión del Consejo de Seguridad de la Ciudad de Hasenkamp.


 


TESORERO:


– Deberá llevar el registro contable interno de los ingresos y egresos del Consejo de Seguridad de Hasenkamp.


– El Consejo podrá recibir donaciones de personas físicas o jurídicas interesadas en contribuir al mejoramiento de la Seguridad Integral Local.


 


DOS VOCALES TITULARES:


– Estos reemplazarán en caso de ausencia o impedimento a cualquier miembro de la Comisión Directiva, excepto al Presidente quien será reemplazado por el Vicepresidente.


 


Art.11º) PERIODICIDAD DEL MANDATO:


Las Autoridades mencionadas precedentemente duraran en sus cargos por el término de dos años, a fin de lograr una mayor continuidad en los programas, gestiones y acciones implementadas por la Comisión Directiva.-


Las mismas se renovarán por mitades, y podrán ser reelectos. La elección de las autoridades a renovar se realizará bajo la modalidad de lista completa.


 


Art.12º) COMISION FISCALIZADORA:


A los fines de controlar y fiscalizar los recursos que por afectación presupuestaria municipal sean destinados en forma exclusiva a la Seguridad Integral Publica, se conformará una Comisión Fiscalizadora la cual tendrá como función única y excluyente la fiscalización de la inversión realizada por la Municipalidad de Hasenkamp.


La Comisión establecerá en forma consensuada; la periodicidad de sus reuniones, su funcionamiento y estará integrada por:


– El contralor municipal.


– Dos representantes del consejo de seguridad.


– El secretario de gobierno.


– Un representante de la junta de fomento que integra el plenario.


 


Art.13º) COMISIONES DE TRABAJO:


El Plenario se constituirá en Comisiones de trabajo cuando por las características y complejidad del tema a tratar así lo considere.


Las mismas deberán fijar su Plan de Trabajo y los Plazos para el cumplimiento de los cometidos que el referido plan especifique.


Para las mismas podrá convocarse a especialistas o expertos en determinados temas y/o autoridades gubernamentales, sectoriales, institucionales, etc. los cuales lo harán en carácter de invitados, sin obligación de asistencia.


A tales efectos deberá detallarse en la invitación el motivo de la misma y el temario a tratar con anticipación suficiente.


El Consejo establecerá su organización y funcionamiento interno y dictará su propio reglamento.


 


Art.14º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.