En una nota dirigida al Intendente Municipal Osvaldo Picotti el Sindicato de empleados municipales de Hasenkamp expresó su desagrado por la difusión de los sueldos que percibe el personal de la citada comuna. Según se expresa en la nota dirigida al presidente municipal el origen de la información que tomo estado publico estuvo en el pedido de los concejales Velek y Romero quienes requirieron por los canales administrativos correspondientes la información de sueldos del personal de planta permanente y contratados, la que luego de suministrada fue entregada a un periodista de la localidad. Los representantes de los trabajadores dicen que no es licito ni ético poner o facilitar los medios para conocer los secretos ajenos, ni meterse en la vida privada de los demás advirtiendo que los miembros de las Juntas de Fomento son responsables civilmente por los daños que causaren con sus faltas u omisiones en el ejercicio de sus mandatos, por lo cuál se reservan el derecho de accionar civil y penalmente ante la justicia.
Texto de la nota al Intendente Picotti
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. con referencia a la “Información de Sueldos del Personal de Planta Permanente y Contratados” solicitada por los Vocales Velek y Romero mediante Nota Nº 35 ingresada por Mesa de Entradas el dia 16/04/2008, oportunidad esta en que se les informo como corresponde, la Masa Salarial. Según lo establece la Ley de Municipios de la Provincia de Entre Rios en su: “ARTICULO 104º.- Son atribuciones y deberes del Concejo Deliberante: inc.10º) Pedir al Jefe del Departamento Ejecutivo o a los secretarios del mismo, los informes que necesite para conocer la marcha de la administración o con fines de legislación”, y reiterado que fue, mediante Nota Nº 103 del 06/06/2008, aun sabiendo que se trataba de un pedido mal intencionado, no dudo Ud. en contestarlo creyendo seguramente que fue formulado dentro de ciertos parámetros éticos, no dudamos de la honorabilidad de la mayoría de los Vocales de la Junta de Fomento, incontaminados de corrupción y libres de fracasos, pero hay antecedentes que condenan procedimientos indecorosos de quienes creen que sus cargos legitiman abusos y justifican la indecencia.-
A través de un Ignoto personaje, pseudo-comunicador social de un medio de comunicación de esta localidad, se ha dado a conocer lo que precisamente el informe expresa, permitiendo como es vieja costumbre, que nuevamente se vulneren nuestros derechos contenidos en la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25326, los empleados Municipales queremos responder a esa actitud descortés que, “no es licito ni ético poner o facilitar los medios para conocer los secretos ajenos, ni meterse en la vida privada de los demás”.-
Sabemos señor Presidente, que hubo que poner sobre la mesa imaginación y voluntad política para encontrar salida a los complejos problemas heredados por su gestión de gobierno, acompañado en todo momento por los empleados municipales y especialmente por los contribuyentes del Municipio cuyos esfuerzos fueron cruciales para salir de esa difícil situación y construir un espacio donde se pueda trabajar con dignidad, respeto, alegría y generosidad, aunque todavía quedan personajes que no escatiman esfuerzos para descarrilar esta vocación de bien común.-
De acuerdo a lo especificado en la Ley 3001 Titulo IX – “De las responsabilidades de los funcionarios y empleados municipales” –
ARTICULO 155º.- El Presidente y vocales de las Municipalidades y los miembros de las Juntas de Fomento son responsables civilmente por los daños que causaren con sus faltas u omisiones en el ejercicio de sus mandatos, por lo cuál nos reservamos el derecho de accionar civil y penalmente ante la justicia.-
S.U.O.Y.E.M.
Filial Hasenkamp
Hasenkamp – Entre Rios