En conferencia de prensa, realizada el pasado miércoles 21 de febrero, Juan Carlos Arce, actual concejal de la UCR de Crespo acompañado por Miguel Pusineri, candidato a intendente, Hernán Jacob, candidato a concejal, entre otros, manifestaron su preocupación “ante los rumores sobre la eventual subdivisión de las 28 hectáreas, que posibilitaría que cualquier iluminado pueda comprarlas para desarrollo inmobiliario privado”. Arce presentó un proyecto de ordenanza que a continuación reproducimos. 
 
PROYECTO DE ORDENANZA
REGLAMENTACION SOBRE EL USO Y FUTURO DE LA COMPAÑÍA DE MUNICIONES B – CRESPO
 
EXPOSICION DE MOTIVOS:
            La comunidad de Crespo se ha visto sorprendida en éstos días sobre la inminente posibilidad del traslado de la Compañía de Municiones B del Ejército Argentino. Esta posibilidad – que se venía hablando en ámbitos oficiales y medios de comunicación – se está llevando adelante sin un proyecto claro sobre el futuro de dichos terrenos; es decir, se pelea por la incorporación de ése inmueble al patrimonio de la ciudad pero no se sabe que se hará con él.-
            La Unión Cívica Radical propone un camino a seguir y que le dé racionalidad y seguridad a la discusión y futuro de un lugar tan importante para el desarrollo de la ciudad.-
            Los terrenos que ocupa actualmente el Ejército Argentino en Crespo tienen una importancia estratégica para el desarrollo urbano y ambiental de la ciudad.-
            Las decisiones que se tomen no deben ser improvisadas sino el producto de un profundo análisis y debate de la comunidad, con el correspondiente asesoramiento técnico.-
            Para lograr éstos objetivos: PARTICIPACION y PLANIFICACION, proponemos el siguiente proyecto de ordenanza para darle un marco a la discusión planteada:
 
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
                        La inminente desactivación por parte del Ejército Argentino de la Sub-unidad militar Crespo, Compañía de Municiones B, y;
 
CONSIDERANDO:
                        Que existen posibilidades ciertas de venta o cesión por parte del Estado Nacional a través del Ejército Argentino, del inmueble ocupado por dicha guarnición militar.
                        Que el inmueble referido abarca las manzanas 37 a 42, 48 a 53, 62 a 67 y 78 a 82, por lo que totaliza veintitrés manzanas ubicadas en la planta urbana de la Ciudad, siendo definido por el art. 3.3.2 del como Distrito Re4, “Reserva de interés urbano”con los siguientes límites: NORESTE: Calle Rodríguez Peña, desde Av. Pesante hasta Av. Ramírez; SURESTE: Av. Ramírez, desde Rodríguez Peña hasta Ruta Nº 131 (de tierra) y Ruta Nº 131 (de tierra), desde Av. Ramírez hasta 1º de Mayo; OESTE: Calle 1º de Mayo, desde Ruta Nº131 (de tierra) hasta Av. Pesante; y NOROESTE: Desde Av. Pesante hasta Rodríguez Peña.
                        Que amén del valor inmobiliario que posee la referida propiedad, la misma cuenta con importantes obras civiles que la hacen apta para múltiples usos comunitarios y/o públicos, transformándose en una propiedad con alto valor estratégico en cuanto al desarrollo urbano de la Ciudad.
                        Que diversos sectores políticos, sociales y demás organizaciones civiles e instituciones de la Ciudad se han manifestado sobre la conveniencia de que dicho inmueble sea adquirido por la Municipalidad de Crespo.
                        Que más allá de la importancia de lograr el objetivo de la incorporación al patrimonio municipal del referido inmueble, igual o más necesario resulta que la comunidad debata y llegue a consensos sobre el destino a darse al mismo para el hipotético caso de que ello ocurra.
                        Que para llegar a conclusiones viables y sustentables en el tiempo, es necesario el asesoramiento técnico especializado de instituciones universitarias que estudien sobre el desarrollo urbano de las ciudades, y en particular, teniendo en cuenta la problemática medioambiental.-    
                        Que las características del referido inmueble y su privilegiada ubicación, lo hacen particularmente apto para el desarrollo de actividades educativas, científicas, culturales, deportivas, de esparcimiento público, entre otras, que impliquen el disfrute del mismo por parte de toda la comunidad.
                        Que el art. 4.6 del Anexo A del Código de Uso y Ocupación de Suelo, aprobado por Ordenanza Nº 29/94 establece que “Distrito Reserva de Interés Urbano. Uso predominante: A determinar en cada caso. Afectado a reserva de interés urbano, en consecuencia transitoriamente conservará el uso y ocupación existente, no permitiéndose su subdivisión”.
                        Que dada la inminencia de la desafectación del inmueble del uso militar, resulta necesario a efectos de una mayor seguridad jurídica se determinen los usos posibles del referido distrito, y evitar la transferencia a particulares que le den un destino distinto al que la comunidad determine.-
                        Que si bien este Cuerpo ha dictado la Ordenanza 43/05, la misma resulta insuficiente en referencia al destino que debe dársele al inmueble referido.
                        Que resulta oportuno, que éste Cuerpo Deliberativo, otorgue un marco jurídico al necesario debate de todos los sectores de la comunidad sobre el mejor destino a darse a ese sector de la planta urbana;
                        Por ello;
El Bloque de Concejales de la UNIÓN CÍVICA RADICAL, eleva a consideración el siguiente:
 
PROYECTO DE ORDENANZA
 
Art. 1º.-         Declárase de interés municipal la adquisición del lote denominado “Distrito Reserva de Interés Urbano – Re 4 –  Sector Militar”, con los siguientes límites NORESTE: Calle Rodríguez Peña, desde Av. Pesante hasta Av. Ramírez; SURESTE: Av. Ramírez, desde Rodríguez Peña hasta Ruta Nº 131 (de tierra) y Ruta Nº 131 (de tierra), desde Av. Ramírez hasta 1º de Mayo; OESTE: Calle 1º de Mayo, desde Ruta Nº 131 (de tierra) hasta Av. Pesante; y NOROESTE: Desde Av. Pesante hasta Rodríguez Peña.
Art. 2º.-         Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias por ante el Estado Nacional, el Ministerio de Defensa, el Ejército Argentino, el Superior Gobierno de la Provincia y toda otra autoridad competente para obtener la cesión del referido inmueble al patrimonio de la Municipalidad de Crespo.
Art. 3º.-         Dispónese la obligación del Departamento Ejecutivo Municipal de rendir cuenta documentada ante este Concejo Deliberante del avance de las gestiones referidas en el artículo anterior, con periodicidad semestral.
Art. 4º.-         Créase una comisión de estudio “ad-hoc” que estará integrada por un representante de cada bloque de éste Concejo Deliberante, un representante del Departamento Ejecutivo Municipal,  y cinco representantes de organizaciones civiles de la Ciudad, con amplias facultades, que tendrá como misión estudiar y recabar opiniones sobre los usos o destinos a darse al inmueble objeto de la presente, debiendo para ello convocar a la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad Nacional del Litoral, para elaboración de un anteproyecto de utilización integral del inmueble señalado en el art. 1º, en plazo máximo de un año a contar desde la sanción de la presente ordenanza.-
Art. 5º.-         El anteproyecto técnico será el producto de los aportes de los especialistas de la universidad mencionada y de la participación de los vecinos e instituciones de la ciudad, a través de los mecanismos que se estimen más convenientes, como por ejemplo charlas debate, audiencias públicas, encuestas, etc.-
Art. 6º.-         El proyecto final será presentado dentro de los treinta días siguientes a la finalización del plazo establecido en el art. 4º, y será sometido a la opinión y convalidación de la ciudadanía, mediante una consulta popular a convocarse por el Honorable Concejo Deliberante, según la normativa vigente.-
Art. 7º.-         El Departamento Ejecutivo Municipal dotará de los recursos presupuestarios necesarios para el desempeño de la comisión creada, pudiendo efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias a tal fin.
Art. 8º.-         Derógase la Ordenanza Nº 43/05
Art. 9º.-         De forma.