El Abogado Constitucionalista de la Ciudad de Viale, Jorge D’agostino, intervino en el documento que la UCR provincial presentaría ante la justicia por el sistema electoral que se implementaría para la elección de constituyentes, de acuerdo con la recientemente aprobada necesidad de la reforma de la constitución. En el planteo del jurista se impugna el sistema proporcional D´ Hont para elegir convencionales constituyentes. “El trabajo está terminado – admitió – queda ahora que el Comité Provincial tome la decisión política de interponer la demanda”, quien además explica que la forma de distribución que se quiere establecer, no existe en el sistema electoral de la provincia.

La Unión Cívica Radical irá a los Tribunales para pedir la declaración de inconstitucionalidad del Artículo 7 de la Ley 9.768 que es el que dispone el modo de distribución de las bancas. La fundamentación jurídica, encargada a un equipo de abogados, ya está en manos del Comité Provincial que por estas horas se abocaría al análisis del trabajo para, finalmente y más tarde de lo anunciado, ir a la Justicia para cuestionar que la ley que declara la necesidad de la reforma colisionaría con la propia Constitución que se pretende reformar.


La UCR argumenta que la Carta Magna de 1933 prevé que la mitad más una de las bancas de la Convención le correspondan al partido que gana. De este modo descarta que se pueda aplicar un sistema proporcional, como el sistema D’Hont, para repartir los puestos en la Asamblea Constituyente.


“El trabajo está terminado. Queda ahora que el Comité Provincial tome la decisión política de interponer la demanda”, precisó el constitucionalista radical Jorge D’ Agostino en diálogo con Página Política.


El Comité había anunciado que esperaría la promulgación de la ley para acudir a los tribunales, acto del Ejecutivo que se concretó hace más de diez días.


“Se considera inconstitucional sólo el Artículo 7 de la ley 9.768 que es el que dispone el modo de distribución de las bancas a través del sistema D’Hont”, explicó D’Agostino.


“Acá se trata de reparar y proteger lo que es la legalidad. Si la UCR gana estará protegiendo que la mitad más una de las bancas son para el partido que gana, pero sucede que no hay ningún tipo de especulación política, sino que se trata de proteger la más alta legalidad”, insistió el abogado que explicó que el sistema proporcional que se quiere establecer, previsto en el Artículo 7, “no existe en el sistema electoral de la provincia”.


La Ley Electoral entrerriana, Ley 2.988, cuando alude a un sistema proporcional, refiere a un sistema de cuocientes que establece un piso de votos para que las fuerzas políticas que participan de una elección puedan ingresar en la distribución de las bancas por minoría.


El abogado explicó que la Ley Electoral “se conecta en un conjunto inquebrantable con los artículos 51 y 221 de la Constitución” que disponen como se distribuyen las bancas en la Cámara de Diputados, y en la Convención Constituyente, respectivamente.


Advertencias


En este marco, el letrado pronosticó que “si el proceso continúa y finalmente se distribuyen las bancas por sistema D’Hont, esto amerita a que cualquier ciudadano, en mi criterio, le nazca el derecho a pedir que se corrija el sistema que ha sido mal operado y que, por tanto, hay representantes que no deberían integrar la Convención porque no obtuvieron los votos necesarios”.


En ese marco, imaginó posibles planteos políticos y jurídicos que afirmen que “la ley que declara la necesidad de la reforma, finalmente, terminó por modificar la Ley Electoral entrerriana instaurando el sistema D’Hont”.


Contra esta argumentación, D’Agostino defendió la “sobrada jurisprudencia” que indica que una ley general (como la de reforma) no puede modificar una ley especial (como es la que dispone el sistema electoral) “salvo que expresamente el texto de la ley indique que se modifica la ley especial, lo que en este caso no sucede”.fuente Analisis Digital.