El miércoles pasado se realizó en la sede del Sindicato Municipal de Crespo una reunión del Sindicato de Empleadas de Casas Particulares de Entre Ríos (Secper), con el doctor Daniel Agrelo, presidente del Tribunal de Empleo Doméstico, dependencia del Ministerio de Trabajo de la Nación. Acompañaron al funcionario nacional el subsecretario de Gobierno y Trabajo de la Provincia, contador Rubén Zapata, el director de Trabajo de la Provincia Oscar Balla y el asesor del sindicato local, Alejandro Canavesio. Estuvieron también dos representantes de de la Asociación de Trabajadores Auxiliares de Casas Particulares (ATACP) de Santa Fe, Francisco Frenna y Mariano Martínez, quienes acercaron su experiencia de organización a la conducción del Secper.
Legislación vigente
En una larga y extensa exposición Agrelo explicó cuestiones relacionadas con la legislación vigente y respondió a las preguntas y dudas de los asistentes.
El actual sistema de registración de empleadas domésticas está organizado desde abril del año 2000 por la ley nacional Nº23.239, pero el sistema tuvo un relanzamiento con fuerte campaña publicitaria a partir de 2005. Sobre un universo de más de un millón de trabajadoras domésticas del país, en dos años se pasó de 53 mil empleadas ´blanqueadas´ a 280 mil. Agrelo señaló que se trata de avanzar con la registración total de todas las personas que trabajan en casas particulares.
Según las horas trabajadas, los aportes que se hacen van de 20 pesos (8 aporta la trabajadora para la obra social y 12 el empleador para la jubilación), a 39 (14 por el trabajador y 25 por el empleador) y a 59,44 pesos (24,44 por el trabajador y 35 por el empleador). Es decir que con un aporte máximo de 35 pesos por mes, cualquier empleador tiene registrada su empleada doméstica y se cubre de conflictos futuros. A la doméstica, tener una obra social le sale a lo sumo 24,44 pesos, y puede elegir entre más de 200 obras sociales. Agrelo señaló que se aconseja afiliarse a OSPACP, Obra Social de Personal Auxiliar de Casas Particulares, para darle más fuerza a la entidad a nivel nacional. Actualmente hay alrededor de ocho gremios organizados en varias provincias, y tres años atrás eran sólo dos en el conurbano metropolitano.
Remuneraciones, inscripciones y exclusiones
Las remuneraciones vigentes desde el 1º de septiembre de 2006 en las categorías más habituales por ocho horas diarias son de 680 pesos, para trabajadores sin cama adentro y 610 pesos para personal con cama adentro. Por media jornada de cuatro horas diarias la escala fija 305 pesos, y cada hora excedente de las cuatro se abona a 4,65 pesos. Las inscripciones son fáciles de realizar: a través de ANSES se puede solicitar el CUIL y luego se utiliza el formulario F.102 de AFIP para la registración y los pagos mensuales. Ambos formularios se pueden obtener por internet en las páginas web de las reparticiones nacionales. “Hace cincuenta años, cuando se estableció el sistema, el servicio doméstico era para una élite de altos ingresos; hoy las empleadas domésticas en su mayoría trabajan en familias de clase media, empleados públicos, docentes y asalariados donde ambos esposos deben trabajar fuera de la casa, y no pueden contratar un estudio contable para llevarle los papeles; por eso la ley trata de hacer sencillo y poco costoso el registro del servicio doméstico”, comentó Agrelo. El funcionario aclaró que queda excluido del régimen de empleadas domésticas el personal que realiza limpieza en locales comerciales, sólo pueden adherir al sistema las personas que trabajan en casas particulares, ya que se considera que la limpieza en el hogar no genera renta o ganancia al empleador.
Aspectos a cambiar
Para considerarse en relación de dependencia y tener derecho a vacaciones, aguinaldo e indemnización por despido, se debe trabajar cuatro días a la semana y cuatro horas diarias o más; ambas situaciones deben darse simultáneamente. Si una persona trabaja tres días y ocho horas diarias, por ejemplo, queda fuera del esquema de relación de dependencia, porque no cumple la cantidad de días mínimos, aunque supere la carga horaria mínima por semana. En el servicio doméstico hay entre 10 y 20 días de vacaciones y el preaviso es de 5 a 10 días, según la antigüedad. Otro aspecto negativo es que no se prevé licencia por maternidad. Agrelo reconoció que son aspectos discutibles de la normativa vigente que está gestionando para que se cambie, de tal forma que el régimen tenga beneficios similares a los restantes asalariados.
Fuente: Prensa Secper